Agro
22 de Marzo de 2024

DNU: declararon inconstitucional la derogación de Ley de Tierras

Luego de una serie de fallos y apelaciones, finalmente se declaró inconstitucional la reforma sobre la Ley de Tierras que proponía el DNU.

DNU: declararon inconstitucional la derogación de Ley de Tierras
Aunque fue rechazado en el Senado, el DNU de Javier Milei continúa vigente hasta tanto no se vote en la Cámara de Diputados. Sin embargo, una serie de reformas fueron derogadas a través de fallos judiciales. Ese es el caso del artículo del decreto que proponía la eliminación de la Ley de Tierras.
El caso llegó a instancia judicial a partir de un amparo colectivo promovido por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que argumentó que la derogación de la Ley de Tierras habilitaba a "la extranjerización de las mismas, con dinámicas latifundistas, que ponen en crisis los principios de integridad territorial y la soberanía nacional, condicionando no sólo la disponibilidad del suelo argentino, sino también los cursos de aguas dulces”.
En primera instancia, y durante la feria judicial, el juez Ernesto Kreplak decretó una medida cautelar suspensiva del artículo del DNU que derogaba la Ley de Tierras. Sin embargo, al retomar la actividad judicial, el magistrado Alberto Recondo (Juzgado Federal N°4 de La Plata) rechazó el amparo por considerar que el CECIM no tenía legitimidad para realizar demandas colectivas y dejó sin efecto la cautelar de Kreplak.
Después de una apelación de ese fallo, el expediente recayó en la Sala III de la Cámara Federal de La Plata donde, con votos de los jueces Carlos Vallefín y Roberto Lemos Arias, se resolvió la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogaba la Ley de Tierras. Además, volvieron a inscribir la causa en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema.

Inconstitucionalidad de derogación de Ley de Tierras en DNU: argumentos de los jueces

En primer medida, los jueces legitimaron el amparo colectivo del CECIM por entender que en esa organización están nucleados "quienes debieron empuñar las armas en defensa" de la soberanía nacional. A su vez, consideraron las condiciones en que el Presidente anunció el decreto: “No existieron circunstancias excepcionales que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes”. También se refirieron a los argumentos con los que el Gobierno apuntó a la derogación de la Ley de Tierras: "Razones genéricas expuestas en los considerandos de los decretos de necesidad y urgencia” que “resultan inhábiles para justificar el dictado de medidas legislativas por parte del Poder Ejecutivo Nacional”. "El fundamento del DNU impugnado –sólo tres líneas en lo que atañe a la derogación de la ley 26.737– no exhibe en forma concreta el modo en que ello impactaría en la mejora de la situación socioeconómica argentina y haría imposible de aguardar su tratamiento normal por parte del Congreso Nacional”. Finalmente, consideraron que la eliminación de la Ley de Tierras “constituye una lisa y llana derogación de conveniencia de la ley 26.737”, que no se fundamenta en “paliar una supuesta situación excepcional” sino que propone reformas que “revisten carácter permanente modificatorias de leyes del Congreso Nacional”

Qué propone la Ley de Tierras

La Ley de Tierras, nombre por el que se conoce a la Ley 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales. Se trata de una legislación sancionado por el Congreso Nacional en 2011, durante el segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner. La norma establece un límite a la compra de tierras rurales por parte de ciudadanos extranjeros hasta las 1.000 hectáreas en la zona núcleo o una superficie equivalente según la ubicación territorial. Al mismo tiempo, fija en un 15% el límite a toda titularidad de dominio o posesión de campos en territorio nacional para aquellas personas extranjeras, tanto físicas como jurídicas. El objetivo de la ley es poner un límite a la extranjerización de las tierras.   Fuente: Ámbito
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