La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó el tope de valor FOB para las ventas al exterior tramitadas mediante el régimen courier, según la Resolución General 5883/2026 publicada en el Boletín Oficial. Esta medida busca agilizar las operaciones comerciales de pequeñas y medianas empresas hacia mercados internacionales.
¿Qué cambió para las exportaciones vía courier?
Hasta esta disposición, la mercadería despachada por envíos postales internacionales con un valor FOB superior a los U$S 3.000 quedaba fuera del sistema simplificado. Las empresas debían recurrir al régimen general de exportación, lo que implicaba mayor carga administrativa y plazos de tramitación más extensos.
A partir de la nueva normativa, cualquier envío al exterior canalizado por Prestadores de Servicios Postales se realizará de forma ágil, sin importar el monto total. La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía impulsó esta adecuación para dar mayor fluidez a pequeños emprendedores, talleres de diseño y productores regionales.
Regímenes especiales para muestras comerciales
La reglamentación también contempla topes especiales para el envío de muestras comerciales. Las muestras destinadas a laboratorios internacionales que requieran certificaciones técnicas pueden ascender hasta los U$S 10.000, facilitando los procesos previos a la exportación de bienes pyme.
¿Qué topes se mantienen para las importaciones vía courier?
Las compras de productos del exterior continúan alcanzadas por los parámetros habituales del esquema de pequeños envíos. Quienes ingresen paquetes para consumo personal mantendrán un tope económico de U$S 3.000 por cada envío dentro del régimen courier.
Se mantiene la condición respecto al peso individual del paquete, que no podrá superar los 50 kilogramos por pieza postal. Los ciudadanos podrán incorporar hasta tres unidades de una misma especie por despacho, siempre que no exista presunción de finalidad comercial.
Las personas humanas o jurídicas podrán utilizar este beneficio un máximo de cinco veces por año calendario. Los productos importados bajo esta modalidad continúan exceptuados de tramitar licencias ante organismos de control especializado. Los primeros U$S 400 por despacho se mantienen exceptuados de derechos de importación y tasa estadística, debiendo el usuario abonar únicamente el Impuesto al Valor Agregado sobre dicho monto.
Nuevos requisitos y micrositio oficial de ARCA
La Resolución General 5883/2026 también introduce novedades en la clasificación arancelaria. Ya no será obligatorio consignar la posición arancelaria detallada de los artículos importados, bastará con usar un código específico generado por ARCA para agilizar el despacho en la Aduana.
La entidad estatal dispuso la unificación de la información sobre envíos internacionales en un nuevo micrositio web institucional. Allí, contribuyentes y prestadores podrán consultar normativas, seguir trámites y revisar la nómina de empresas postales autorizadas.
La norma fija un conjunto renovado de obligaciones y registros documentales para las empresas de correo privado. ARCA busca afianzar la transparencia del servicio y prevenir demoras injustificadas en la entrega de paquetes. La entrada en vigencia de las nuevas disposiciones será efectiva a partir del día siguiente a su publicación oficial, con una instrumentación operativa gradual conforme al cronograma de adecuación informática establecido.













