La Provincia de Buenos Aires actualizó su marco regulatorio eléctrico con una reforma clave a la Ley 11.769. Esta modificación permite a cooperativas y sociedades de economía mixta, con concesiones municipales, generar su propia energía eléctrica a partir de fuentes renovables. El objetivo es abastecer de forma directa a sus asociados y usuarios locales.
La figura del Autogenerador Comunitario
La transformación incorpora oficialmente la figura del autogenerador comunitario. Bajo este nuevo rol, las entidades concesionarias quedan autorizadas para producir electricidad limpia. La condición es que la generación se destine, total o parcialmente, a cubrir la demanda energética dentro de su área geográfica de concesión original.
Proyectos conjuntos y condiciones de comercialización
La normativa fomenta el desarrollo a mayor escala, permitiendo que dos o más concesionarios municipales se asocien para impulsar proyectos conjuntos de autogeneración comunitaria. Si el propósito de estas alianzas incluye la venta de excedentes energéticos en el mercado, las entidades deberán reestructurarse bajo la forma jurídica de sociedades anónimas. Esto acata la legislación nacional vigente.
Regulación, incentivos y financiamiento
La energía renovable producida por estos actores comunitarios se considera parte integrante del servicio público de distribución. Toda su actividad queda regulada por la legislación provincial. Además, se ampliaron los beneficios de la Ley 14.838, de promoción de energías renovables en territorio bonaerense. Esto permite que cooperativas y sociedades locales accedan a incentivos fiscales y promocionales.
Para garantizar la viabilidad económica, el Poder Ejecutivo impulsará líneas de crédito especiales. Serán a largo plazo y con bajas tasas de interés, a través del Banco Provincia. Estos créditos se destinarán a la adquisición de componentes y equipos de fabricación nacional.













